IDENTIFICACIÓN DE FACTORES DE RIESGOS PSICOSOCIALES EN TU EMPRESA.




IDENTIFICACIÓN DE FACTORES DE RIESGOS PSICOSOCIALES EN TU EMPRESA.

"La norma establece disposiciones que deberán adoptarse en los centros de trabajo para identificar y prevenir los factores de riesgo psicosocial y promover un entorno organizacional favorable."

QUÉ ES LA NOM-035-2018?

La NOM-035-STPS-2018 busca prevenir factores de riesgo psicosocial y promover un mejor entorno laboral en México. De igual forma, las obligaciones que establece la norma cambian según el número de empleados que contenga una empresa, las cuales se dividen de la siguiente forma:
Ø  Hasta 15 trabajadores.
Ø  Entre 16 y 50 trabajadores.
Ø  Más de 50 trabajadores.

¿CÓMO SE IDENTIFICAN LOS FACTORES DE RIESGO Y CUÁLES SON?
De acuerdo con su apartado 7 de la NOM-035, con respecto a la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, y evaluación del entorno organizacional, los factores de riesgo que toma en cuenta son los siguientes:
Todo lo referente a las condiciones del lugar de trabajo sobre los colaboradores de tu empresa, algunos puntos importantes que deberá tener el especialista de seguridad en combinación con todas lo departamentos de la empresa en la que te desempeñes laboralmente.
Ø  SOBRE CARGA DE TRABAJO, (no exceder las exigencias de trabajo que un colaborador pueda desempeñar).
Evita que tu empresa aplique la de si te tengo Te ocupo.

Ø  CONTROL EN EL TRABAJO. (crea en tus colaboradores una autodeterminación de funciones, con la finalidad que pueda, crear equipos para sacar las urgencias, delegar si es posible, crea líderes y por área. En pocas palabras autonomía dentro de tu empresa, pero ojo siguiendo los procedimientos y procesos de la misma.
Ø  CAPACITACIÓN: capacita a tus colaboradores, Crea plan de carrera individual y colectivo).

Ø  COMPLETA TU PLANILLA: con la ayuda de los todos los departamentos creen necesidades de cada departamento, es necesario organizar el equipo para que sea productivo y sobre todo redituable para la empresa. (el exceso de empleados y malas contrataciones generan perdidas y mal clima laboral).

Ø  MEDICION DE TODOS TUS COLABORADORES: es necesario medir el desempeño de todos , implementar KPS adecuados para, dar un seguimiento de reconocimientos y incentivos a todos los que cumplan con sus metas.

Ø  EVITA AMBIENTES NEGATIVOS EN TU EMPRESA: lo percepciones malas en tu empresa, generan incertidumbre, estrés, molestia y malos rollos, es necesario estés en constante comunicación con todos tus colaboradores sobre, los logros, fallas y motivaciones para alcanzas todos los objetivos y con ello crear confianza sobre una retroalimentación constante.

Ø  EVITA MALOS LIDERES. Cualquier relación negativa a través del líder a su colaborador que implique una actitud agresiva o impositiva, a través de la falta de claridad en sus funciones, nulo o escaso reconocimiento y retroalimentación de su desempeño, se contempla como otra condición de ambiente de trabajo.


Ø  VIOLENCIA LABORAL. En esta caso en especifico tomaremos en cuenta un fenómeno globalizado como es el bullyng, ( acoso laboral) tal motivo es causantes de daño a la estabilidad y personalidad e integridad, será tomada como otra condición de ambiente de trabajo en la NOM-035. Resumido en maltratos, humillaciones o cualquier forma de desacreditación del empleado.


Es importante recordar que la norma no considera el acoso sexual, pues ya hay leyes que protegen al trabajador en estos casos, conforme a los artículos 47, 51, 133, 135 y 994, fracción VI de la Ley Federal del Trabajo. Asimismo, en este apartado de la NOM 35 sólo están consideradas las empresas que tengan entre 16 y 50 empleados y las que tienen más de 50.

¿QUE ES LO QUE BUSCA ESTA NOM-35?
La norma pide a todas las empresas (sin importar su tamaño), contar con una evaluación del entorno de la organización; además de implementar, mantener y difundir una política de prevención de los riesgos psicosociales.  LA POLITICA QUE PRESENTADA COMO RH O ESPECIALISTA EN SEGURIDAD DEBE CONTENER LOS SIGUIENTES PUNTOS:

1.            Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial.
2.            evaluar el entorno organizacional.
3.            Adoptar las medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable.
4.            Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y, canalizarlos para su atención a la institución de seguridad social o privada.
5.            Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial.
6.            Difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre:
a)    La política de prevención de riesgos psicosociales;
b)    Las medidas adoptadas para combatir las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral;
c)    Las medidas y acciones de prevención y, en su caso, las acciones de control de los factores de riesgo psicosocial;
d)    Los mecanismos para presentar quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral;
e)    Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial para los centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores, y de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional tratándose de centros de trabajo de más de 50 trabajadores, y
f)     Las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los factores de riesgo psicosocial.

LLEVAR LOS REGISTROS SOBRE:
a)    Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y, además, tratándose de centros de trabajo de más de 50 trabajadores, de las evaluaciones del entorno organizacional;
b)    Las medidas de control adoptadas cuando el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y evaluación del entorno organizacional lo señale, y
c)    Los nombres de los trabajadores a los que se les practicaron los exámenes o evaluaciones clínicas y que se comprobó la exposición a factores de riesgo psicosocial, a actos de violencia laboral o acontecimientos traumáticos severos.

ES NECESARIO HACER SABER LAS OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES:
(EL ESPECIALISTA DE SEGURIDAD Y RH.)

1.            Observar las medidas de prevención y, en su caso, de control que dispone esta Norma, así como las que establezca el patrón para: controlar los factores de riesgo psicosocial, colaborar para contar con un entorno organizacional favorable y prevenir actos de violencia laboral.
2.            Abstenerse de realizar prácticas contrarias al entorno organizacional favorable y actos de violencia laboral.
3.            Participar en la identificación de los factores de riesgo psicosocial y, en su caso, en la evaluación del entorno organizacional.
4.            Informar sobre prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y denunciar actos de violencia laboral, utilizando los mecanismos que establezca el patrón para tal efecto y/o a través de la comisión de seguridad e higiene, a que se refiere la NOM-019-STPS-2011, o las que la sustituyan.
5.            Informar por escrito al patrón directamente, a través de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo o de la comisión de seguridad e higiene; haber presenciado o sufrido un acontecimiento traumático severo. El escrito deberá contener al menos: la fecha de elaboración; el nombre del trabajador que elabora el escrito; en su caso, el nombre de los trabajadores involucrados; la fecha de ocurrencia, y la descripción del(los) acontecimiento(s).
6.            Participar en los eventos de información que proporcione el patrón.

7.            Someterse a los exámenes médicos y evaluaciones psicológicas que determinan la presente Norma y/o las normas oficiales mexicanas que al respecto emitan la Secretaría de Salud y/o la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y a falta de éstas, los que indique la institución de seguridad social o privada, o el médico o psicólogo o psiquiatra del centro de trabajo o de la empresa.

¿QUIÉN VERIFICA QUE SE CUMPLA LA NORMA?
Las empresas podrán ser calificadas a través de unidades de verificación autorizadas, ya sea por medio de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) o con especialistas de recursos humanos externos (autorizados por la STPS).

Además, si la STPS u otra unidad de verificación se acerca a tu empresa para vigilar el cumplimiento de la NOM-035 (seguridad patrimonial, seguridad física, prevención de perdidas y recursos humanos), se hará de forma aleatoria a través de entrevistas a los trabajadores. Asimismo, las empresas deberán guardar por un mínimo de un año la evaluación con sus análisis, encuestas y protocolos, en caso de que se realice una inspección.

¿HAY ALGUNA MULTA?
En caso de no cumplir con las obligaciones mínimas establecidas por la NOM-035, una empresa deberá pagar una multa que oscila entre los $21,122 y $422,450 pesos, según la Ley Federal del Trabajo (LFT). Estas medidas no son definitivas, pues la NOM-035-STPS-2018 será revisada a más tardar en 2023 para hacer cambios en caso de que lo requiera.

Toma en consideración todo lo anterior, pues te permitirá mejorar los procesos del entorno laboral, crear nuevos indicadores KPS y tener estrategias basadas en disminuir el estrés laboral en tu organización.

MTRO, JUAN CARLOS PEINADO MARTINEZ.
CRIMINOLOGO-CRIMINALISTA, ARH Y CC.

REFERENCIA:
NORMA Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención, DOF: 23/10/2018



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